El reciente Oficio N.º 16528 emitido por la Procuraduría General del Estado de Ecuador ha provocado una fuerte reacción dentro del sector del juego y las apuestas en Ecuador al considerar que, por regla general, los juegos de azar constituyen una actividad de objeto ilícito en materia civil, independientemente de si existe o no ánimo de lucro.
El pronunciamiento reconoce únicamente como excepción válida a la Junta de Beneficencia de Guayaquil y determinadas rifas de carácter cívico, consolidando de facto una posición privilegiada para la institución benéfica en el mercado nacional.
Diversas voces del sector consideran que la resolución genera una profunda inseguridad jurídica, ya que el propio Estado continúa cobrando impuestos y licencias a operadores privados mientras cuestiona simultáneamente la validez de sus contratos. Actualmente, los operadores formales deben afrontar obligaciones fiscales como el IVA del 15%, un impuesto único del 15% sobre ingresos brutos, retenciones sobre premios y licencias de operación superiores a los 300.000 dólares renovables cada cinco años.
Las críticas apuntan además a que la medida podría favorecer indirectamente al mercado ilegal y a operadores offshore no regulados, que continúan ofreciendo servicios desde el extranjero sin tributar ni someterse a controles de prevención de blanqueo de capitales, verificación de identidad o políticas de juego responsable.
El debate ha reactivado las demandas para que la Asamblea Nacional del Ecuador impulse una legislación específica sobre gaming online que aporte seguridad jurídica, establezca reglas claras para los operadores y refuerce la protección de los consumidores dentro de un marco regulado y supervisado.














